El alto nivel de ausentismo de las autoridades de mesa designadas para los comicios provinciales tuvo repercusiones colaterales. Y una de ellas pasa precisamente por la fecha de pago para quienes cumplieron esa función en la contienda del 11 de junio en Tucumán.
Tras haber finalizado con el escrutinio definitivo, en la Junta Electoral Provincial (JEP) avanzaron con el relevamiento de los datos de los presidentes y los vocales que se desempeñaron en las 3.893 mesas de sufragio.
El inconveniente se originó porque, con más del 30% de ausentismo por parte de los ciudadanos responsables de esta labor, “había que chequear y tener la documentación precisa respecto a quién se hizo cargo” de cada lugar de votación, había explicado días atrás el portavoz de la JEP, Carlos Amaya.
Ahora, según explicaron fuentes del órgano de control a LA GACETA, este relevamiento prácticamente ha finalizado.
Sin embargo, la Junta -al igual que el resto de las dependencias pertenecientes al Poder Judicial de Tucumán- se encuentra en feria. Así, este tipo de trámites administrativos permanecen en suspenso por el receso invernal, que comenzó el lunes 10 y se extenderá hasta el domingo 23 de este mes.
De esta manera, habrá que esperar a la semana que comienza el lunes 24 para ver si se lleva adelante algún anuncio oficial. En todo caso, esto se confirmará con el dictado de la resolución correspondiente por parte de las autoridades de la JEP, Daniel Leiva, Edmundo Jiménez y Washington Navarro Dávila.
Cuánto percibirán las autoridades de mesa
Los presidentes y vocales de mesa percibirán $10.000 por su labor el día de los comicios. A este monto se suman $5.000 extra, en caso de haber participado de las capacitaciones dictadas por el organismo de control.
Quienes se ausentaron el 11 de junio, en cambio, no sólo quedarán fuera de la nómina de pagos. Además, la JEP analiza la posibilidad de avanzar con una denuncia penal por una eventual infracción al Código Electoral Nacional (CEN).
Esta normativa, en el artículo 132, castiga "la no concurrencia o abandono de funciones electorales". "Se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que, sin causa justificada, dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas", expresa el CEN.
La excusación de quienes habían resultado designados se debía formular dentro de los tres días de la notificación, y únicamente se podían alegar razones de enfermedad o de fuerza mayor "debidamente justificadas". Transcurrido ese plazo, solo pueden excusarse por “causas sobrevinientes, las cuales serán objeto de consideración de la JEP", según se había advertido en la previa a la votación.